¿Qué es una versión?
La versión es una interpretación o ejecución o una nueva Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor. de una Composición musical original con o sin letra. que otra persona interpretó o ejecutó, grabó y publicó originalmente.
Para que la nueva interpretación o ejecución o grabación sonora se considere una versión, debe tener la misma melodía, letra y otros componentes fundamentales de la obra musical original. Si alguno de los componentes fundamentales cambia considerablemente, se considerará una Obra nueva basada en una obra ya existente., por lo que se necesitarán otras autorizaciones distintas.
Crear una versión puede ser una forma excelente de llegar a los seguidores de otro creador, pero para hacerlo correctamente deben cumplirse unas normas.
¿Qué derechos implica crear una versión?
Cuando se desea interpretar o ejecutar, grabar o distribuir una versión, solo se ven afectados los Control que los creadores o titulares de derechos tienen sobre lo que han creado o producido y sobre su identidad e imagen. sobre la obra musical, no los derechos relativos a la grabación sonora original. Los Persona o empresa que tiene derechos de propiedad intelectual sobre una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora. sobre la obra musical, que por lo general son los Persona que realiza una contribución original a la creación de una composición musical o de las letras de una canción. y las Empresa que representa a los compositores, respaldando su desarrollo profesional, generando ingresos con sus obras musicales y protegiendo sus derechos de autor., siguen teniendo derecho a recibir Dinero pagado por el derecho a utilizar una obra musical, una interpretación o ejecución o una grabación sonora, normalmente, aunque no siempre, en forma de pagos periódicos. por la versión.
Más información sobre los distintos tipos de derechos en Derechos de los creadores de música y sobre las regalías en Reconocimiento y pago.
¿Qué autorizaciones deben obtenerse para crear y publicar una versión?
Para interpretar o ejecutar una versión públicamente y en directo (por ejemplo, en un concierto), el En el contexto de la música, intérprete solista o grupo de intérpretes que ejecutan una obra musical en directo o grabada. no debe obtener una autorización ni una licencia. Sin embargo, los organizadores del concierto o los administradores del local en el que se celebra la interpretación o ejecución deben compensar a los titulares de derechos sobre la obra musical en virtud de la Tipo de autorización otorgada para el uso de material protegido por derechos de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora, en determinadas condiciones y habitualmente contra el pago de una tasa. de El derecho a interpretar o ejecutar en pública una obra musical, en vivo o como grabación sonora. exigida por el Organismo de gestión colectiva: organismo que actúa con carácter colectivo en nombre de los titulares de derechos a los que representa y recauda y paga una remuneración a dichos titulares. local.
Los requisitos necesarios para grabar y publicar una versión dependen de la manera en la que se prevea ponerla a disposición del público. Tal vez sea necesario obtener una Licencia para reproducir y distribuir una obra musical en formato físico o digital. mecánica respecto de la obra musical.
Si se exige una licencia de este tipo, puede obtenerse de algunas Empresa o servicio que distribuye música a plataformas digitales de transmisión en streaming y tiendas físicas. o Empresa que invierte en grabaciones sonoras, las fabrica, distribuye, promueve y rentabiliza en nombre del artista. que las facilitan. Sin embargo, es importante que la grabación sonora de la versión se publique con el mismo título e Código Internacional Estandarizado de Obras Musicales: identificador único para obras musicales. que la El término "canción" no tiene una definición legal. Se utiliza con frecuencia para referirse a "obra musical, la composición y las letras (si las hay) creadas por autores y compositores. Sin embargo, también podría referirse a una "grabación sonora" (una grabación específica de una obra musical) o a una "interpretación o ejecución" (una interpretación o ejecución en directo de una obra musical). original, y que los compositores Ser reconocido públicamente por haber contribuido a la creación de una obra musical, una interpretación o ejecución en directo o una grabación sonora, por ejemplo, mencionando el nombre del compositor o artista intérprete o ejecutante. de manera adecuada.
Ahora bien, si el artista pretende poner la versión a disposición del público por medio de la descarga digital o en un producto físico, como un CD o un disco de vinilo, dicho artista o su sello debe pagar una licencia de reproducción y distribución mecánica, que en la mayor parte de los países la conceden los OGC locales. En los países donde no se prevén Licencia que permite determinados usos de obras musicales o grabaciones sonoras sin autorización expresa de los titulares de los derechos, pero con sujeción a condiciones específicas y a una remuneración. respecto de los derechos de reproducción y distribución mecánica, se debe obtener una licencia de los compositores, las editoras musicales o su OGC. En ocasiones, las Empresa o servicio que distribuye música a plataformas digitales de transmisión en streaming y tiendas físicas. o los Organización facultado para otorgar licencias de uso sobre obras musicales y grabaciones sonoras. pueden facilitar esas licencias.
Antes de grabar y distribuir una versión, el artista siempre debe comprobar con su distribuidora cuáles son los requisitos de concesión de licencias y pedir asesoramiento a su OGC, su sello discográfico o un abogado especializado en Propiedad sobre los derechos de una canción en virtud de la legislación de derecho de autor.
Más información sobre las distribuidoras y los OGC en El ecosistema musical.
Versiones y plataformas de contenido generado por los usuarios
Muchos creadores cargan videos con sus interpretaciones o ejecuciones de versiones en Proveedor de servicios digitales que permite subir y compartir contenido propio, así como descubrir nuevo contenido de otros usuarios., como una manera de iniciar su carrera musical antes de tener un catálogo propio de obras originales. Para ello, suele ser necesario obtener una Licencia para reproducir y distribuir una obra musical en formato físico o digital., además de una licencia de Reproducción de una obra musical y, en ocasiones, uso de una grabación sonora preexistente en medios audiovisuales.. Sin embargo, algunas plataformas de contenido generado por los usuarios pueden tener Forma de concesión de licencias que permite usos ilimitados de un repertorio de obras musicales o grabaciones sonoras en determinadas condiciones. para la sincronización y la reproducción y distribución mecánica que permitan al artista hacer versiones de varias obras musicales.
Si no sabe con seguridad cuáles son los requisitos de licencia exigidos para hacer versiones en su territorio, consúltelo con su OGC local.
Más información sobre las licencias de reproducción y distribución mecánica y las licencias de sincronización en Cesión de derechos y licencias.
Cuestionario
Ponga a prueba sus conocimientos sobre las versiones.
Imagen: Michael Korsgren, Parapix