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Derechos patrimoniales


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¿Qué son los derechos patrimoniales?

Los derechos patrimoniales conceden a los creadores y otros titulares de derechos el control o remuneración por la explotación comercial de sus obras, interpretaciones o ejecuciones y grabaciones sonoras.

¿Qué son los derechos patrimoniales?

Los derechos patrimoniales son:

  • Derecho a determinar las condiciones en las que puede autorizarse o no el uso de una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora. - lo que significa que el uso de una Composición musical original con o sin letra., En el contexto de la música, una obra musical que se interpreta en vivo o en una grabación sonora.o Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor. exige la autorización de los Persona o empresa que tiene derechos de propiedad intelectual sobre una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora., por lo que éstos pueden determinar los términos y condiciones en los que aceptan o no conceder una Tipo de autorización otorgada para el uso de material protegido por derechos de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora, en determinadas condiciones y habitualmente contra el pago de una tasa.de uso. Los titulares de derechos pueden gestionar ellos mismos los Derecho a determinar las condiciones en las que puede autorizarse o no el uso de una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora. o encargar a Organismo que actúa de forma colectiva en nombre de los titulares de derechos a los que representa y recauda y paga una remuneración a dichos titulares. que gestionen algunos de sus derechos exclusivos en su nombre.
    o

  • Según la legislación de derecho de autor, el derecho a percibir una remuneración por la utilización de una obra musical, una grabación sonora o una interpretación o ejecución en virtud de una licencia legal. - Los Personas y organizaciones que se dedican al uso comercial o público de obras musicales y grabaciones sonoras, por ejemplo, proveedores de servicios digitales, emisoras de radio y televisión y comercios minoristas. tienen que pagar una Tipo de autorización otorgada para el uso de material protegido por derechos de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora, en determinadas condiciones y habitualmente contra el pago de una tasa. al OGC local por el uso de la obra musical o la grabación sonora, pero no necesitan la autorización de cada uno de los titulares de los derechos. Solo los OGC pueden gestionar esos derechos, no los titulares de forma individual.

Eso varía de un país a otro. Pero lo esencial es que los derechos patrimoniales permiten a los Persona que contribuye a crear o interpretar o ejecutar una obra musical, una actuación en directo o una grabación sonora. y otros titulares de derechos ganar dinero por el uso de una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora.

Los derechos patrimoniales incluyen los derechos de Proceso de composición o grabación de una obra o interpretación musical de forma tangible, por ejemplo, mediante partituras o grabaciones de sonido., Acción o proceso de copiar, por ejemplo, hacer copias de una obra musical o de grabaciones sonoras., Toda forma de modificación o alteración de una obra musical o grabación sonora para crear una nueva obra musical o grabación sonora., Proceso de suministro de grabaciones sonoras a los proveedores de servicios digitales y a los minoristas físicos., El hecho de que una obra musical o grabación sonora se reproduzca en vivo o se comunique al público, por ejemplo, en discotecas o restaurantes, en la radio, la televisión o en plataformas de streaming., Cuando una obra musical o una grabación sonora se interpreta en directo, se pone a disposición en línea o se transmite por cualquier medio que no sea la distribución de copias físicas, por ejemplo, en conciertos, locales, por radio, televisión, web o por streaming. y Cuando una obra musical o grabación sonora es puesta a disposición de los miembros del público desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos elija, por ejemplo, mediante streaming o descarga..

Esta es la terminología legal, pero la industria de la música utiliza expresiones diferentes. Describiremos los derechos de los creadores musicales y de la industria basándonos en la terminología del sector y explicaremos cómo se aplican estos derechos a los distintos usos de las obras musicales, las interpretaciones o ejecuciones y las grabaciones sonoras en virtud de la Leyes nacionales que protegen los derechos morales y patrimoniales de los creadores y otros titulares de derechos sobre las obras musicales, las interpretaciones o ejecuciones y las grabaciones sonoras..

Para más información, consulte la página Derechos habituales de la industria de la música.

Los derechos exclusivos pueden Conceder la propiedad o la gestión de los derechos a otras personas, además o en lugar del propietario original de los derechos. o Autorización concedida para el uso de material protegido por derechos de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora, en determinadas condiciones y generalmente a cambio del pago de una tasa. a otras personas o compañías. Por ejemplo, si los compositores ceden sus derechos a una Empresa que representa a los compositores, respaldando su desarrollo profesional, generando ingresos con sus obras musicales y protegiendo sus derechos de autor. o autorizan el uso de sus obras musicales.

La mayoría de los Pago por la utilización de una obra musical, una grabación sonora o una interpretación o ejecución en virtud de una licencia legal. son intransferibles e irrenunciables y solo pueden ser gestionados por los OGC.

Más información en las páginas de Cesión de derechos, Cesión y Concesión de licencia.

¿Qué creadores musicales tienen derechos patrimoniales?

Los Persona que realiza una contribución original a la creación de una composición musical o de las letras de una canción. y a veces las editoras musicales tienen derechos patrimoniales sobre sus obras musicales; los En el contexto de la música, creador que interpreta o ejecuta una obra musical en vivo o en una grabación sonora. tienen derechos patrimoniales sobre sus interpretaciones o ejecuciones; y las empresas o particulares responsables de la grabación, a veces denominados Persona o empresa que asume la responsabilidad de realizar una grabación sonora., que pueden ser Artista que publica su música sin el apoyo de un sello discográfico., Empresa que invierte en grabaciones sonoras, las fabrica, distribuye, promueve y rentabiliza en nombre del artista. o A veces, se denomina productor de estudio o productor discográfico; su tarea consiste, por lo general, en ayudar a un artista a grabar una obra musical. Suelen encargarse de la totalidad del proceso de grabación. Sin afiliación a ninguna otra entidad o empresa., tienen derechos patrimoniales sobre sus grabaciones sonoras.

Imagen: Martin Fabricius Rasmussen