Cualquiera que compre o escuche una El término "canción" no tiene una definición legal. Se utiliza con frecuencia para referirse a "obra musical, la composición y las letras (si las hay) creadas por autores y compositores. Sin embargo, también podría referirse a una "grabación sonora" (una grabación específica de una obra musical) o a una "interpretación o ejecución" (una interpretación o ejecución en directo de una obra musical). por medio de los Plataforma en línea que ofrece a los consumidores servicios de transmisión en continuo (streaming) o descarga., tiendas físicas de música, radio, video, cine, televisión, locales de directos u otros, por ejemplo, discotecas y bares, suele generar ingresos para sus Persona que contribuye a crear o interpretar o ejecutar una obra musical, una actuación en directo o una grabación sonora.. Puede ser directamente a través de un pago del oyente, a través de otros ingresos procedentes de los anunciantes, por ejemplo, que pagan a los proveedores de servicios digitales por la exposición a los oyentes en sus sitios, o a través de Suma de dinero pagada por una licencia que permite el uso de material protegido por derecho de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora. pagados por el uso de las canciones, por ejemplo, de los organismos de radiodifusión o de locales en directo y de otro tipo. Es el catalizador de un proceso en el que el dinero vuelve a fluir a través del ecosistema hacia los creadores.
Para ser remunerados, los creadores deben introducir los Datos que designan otros datos, por ejemplo, información que describe a los creadores, otros titulares de derechos, obras musicales y grabaciones de sonido. adecuados sobre quién hizo qué, dónde y cuándo en la Composición musical original con o sin letra. y la Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor. y Presentar información relativa a obras musicales y grabaciones sonoras a un organismo registral adecuado, por ejemplo, la información relativa a la titularidad del derecho de autor presentada a un organismo de gestión colectiva o a una oficina de derechos de autor. todos los Códigos alfanuméricos exclusivos utilizados para identificar a creadores, titulares de derechos, obras musicales y grabaciones sonoras. clave necesarios para obtener el Ser reconocido públicamente por haber contribuido a la creación de una obra musical, una interpretación o ejecución en directo o una grabación sonora, por ejemplo, mencionando el nombre del compositor o artista intérprete o ejecutante. y ser remunerados.
Una vez que una canción se Autorización concedida para el uso de material protegido por derechos de autor, por ejemplo, una obra musical o una grabación sonora, en determinadas condiciones y generalmente a cambio del pago de una tasa. y luego se transmite, escucha o adquiere, el recorrido de los ingresos desde el oyente hasta sus creadores pasa por diferentes canales.
Persona que realiza una contribución original a la creación de una composición musical o de las letras de una canción. y Empresa que representa a los compositores, respaldando su desarrollo profesional, generando ingresos con sus obras musicales y protegiendo sus derechos de autor. - por el uso de su obra musical
En el contexto de la música, creador que interpreta o ejecuta una obra musical en vivo o en una grabación sonora. y Empresa que invierte en grabaciones sonoras, las fabrica, distribuye, promueve y rentabiliza en nombre del artista. - por el uso de sus grabaciones sonoras.
Por lo tanto, hay muchas formas diferentes de ganar y pagar Dinero pagado por el derecho a utilizar una obra musical, una interpretación o ejecución o una grabación sonora, normalmente, aunque no siempre, en forma de pagos periódicos.;
Cuando una canción se transmite o descarga en línea, los Persona o empresa que tiene derechos de propiedad intelectual sobre una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora. reciben pagos en forma de regalías, compartidos por las editoras musicales y los compositores, los sellos discográficos y los artistas intérpretes o ejecutantes.
Cuando una canción se emite en la radio o en un lugar público, como un supermercado o una cafetería, los titulares de los derechos suelen recibir una compensación a través de los Organismo que actúa de forma colectiva en nombre de los titulares de derechos a los que representa y recauda y paga una remuneración a dichos titulares.. Las OGC realizan pagos en forma de remuneraciones o regalías, que se reparten entre editoras y compositores.
Dependiendo de la región, los Por lo general, el artista principal que interpreta o ejecuta música en una grabación sonora. y otros artistas intérpretes o ejecutantes también pueden recibir una compensación en forma de Los derechos morales y patrimoniales que los creadores y otros titulares de derechos tienen sobre sus interpretaciones o ejecuciones y grabaciones sonoras en virtud de la legislación de derecho de autor. o derechos afines, regalías. O pueden no recibir ninguna compensación por estos derechos en determinados países. Más información sobre esas regalías en Derechos conexos.
Cuando la grabación sonora se compra en una tienda física, el flujo de ingresos va a parar al sello discográfico. El sello es responsable de compensar al artista discográfico y a otros artistas intérpretes o ejecutantes, y de pagar Suma de dinero que se paga a los titulares de los derechos de autor cada vez que se reproducen sus obras musicales, por lo general, como grabación sonora, en formato digital o físico. a la editora y al compositor por las copias físicas fabricadas y no necesariamente adquiridas por los consumidores.
En el caso de las interpretaciones o ejecuciones en directo, los artistas cobran directamente por su actuación, y se pagan Suma de dinero que se paga a los titulares de derechos sobre las obras musicales o grabaciones sonoras que se interpretan en público. Puede tratarse de una interpretación o ejecución en vivo o de la radiodifusión de una grabación sonora. a los compositores y editoras a través de OGC. Es muy importante que todas las obras musicales que se interpreten o ejecuten en directo se notifiquen, a través de la llamada Lista de obras musicales interpretadas o ejecutadas públicamente por un artista en un acto, por ejemplo un concierto. a los Tipo de organismo de gestión colectiva que administra los derechos y recauda las regalías en nombre de los compositores y las editoras musicales cuando sus obras musicales se interpretan o ejecutan o se radiodifunden públicamente. con los que el organizador del concierto tenga un contrato de licencia, para que los compositores y las editoras musicales reciban la compensación que les corresponda.
Si la obra musical o la grabación sonora llega a los oyentes como elemento destacado en una película, programa de televisión, videojuego o campaña publicitaria, se aplicarán las Licencia para utilizar una obra musical con medios visuales en una obra denominada audiovisual, como películas, videos, programas de televisión, anuncios, videojuegos o sitios web.. Los ingresos de regalías por la sincronización llegan a los compositores a través de sus editoras musicales o OGC, y a los artistas intérpretes o ejecutantes a través de sus sellos discográficos.
Para más información en materia de regalías, consulte Reconocimiento y pago
Conviene recordar que los OGC y otras organizaciones solo pueden localizar a los creadores y compensarles si se introducen y mantienen correctamente los Códigos alfanuméricos exclusivos utilizados para identificar a creadores, titulares de derechos, obras musicales y grabaciones sonoras. y Datos que designan otros datos, por ejemplo, información que describe a los creadores, otros titulares de derechos, obras musicales y grabaciones de sonido. clave de la canción y del creador. Puede parecer complejo entender que las regalías fluyen desde los oyentes, usuarios o consumidores hasta los creadores si no se sabe cómo funciona todo. Pero se lo explicamos todo en Reconocimiento y pago
Animación: Jacob Vidkjær, Playminds