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Los derechos y regalías de una canción recorren dos caminos.

El de la parte escrita de una canción, llamada obra musical y el de la parte grabada, llamada grabación sonora.

En cada parte intervienen diferentes agentes: directivos, sellos discográficos, editoras musicales, OGC, organismos de derechos, proveedores de servicios, agregadores, distribuidores y, por supuesto, creadores.

Cuando hablamos de responsabilidad nos referimos a cuáles de esas partes interesadas son responsables en el proceso de registro y de regalías, ¿qué hacen y en qué momento?

Al registrar obras musicales y grabaciones sonoras hay que tener todos los metadatos adecuados.

Se trata de información sobre una canción y su creación.

Las grabaciones sonoras y las obras musicales tendrán distintos metadatos y diferentes identificadores para hacer un seguimiento de toda la información asociada.

Quién es responsable de recopilar esos metadatos dependerá de su situación.

Si tiene un contrato de edición, su editora musical normalmente registrará la obra en su nombre.

O si tiene un acuerdo con una discográfica, a menudo esta se encargará de registrar los metadatos de sus grabaciones sonoras.

Pero aunque cuente con esa ayuda, es importante supervisar la administración, registro y gestión de los metadatos de sus canciones.

La importancia de los metadatos


2 min de lectura


¿Por qué son tan importantes los metadatos?

Los metadatos y los identificadores son necesarios para hacer un seguimiento preciso del uso de sus obras musicales y grabaciones sonoras, de modo que usted reciba el reconocimiento y el pago correspondientes.

La creación de una sigue dos caminos: el de la y el de la . A menudo, pueden ser muy diferentes y ocurrir en momentos distintos con diferentes , empresas y organizaciones implicadas, como por ejemplo:

Para hacer un seguimiento de las reproducciones e identificar quién tiene derecho a ser remunerado por el uso de la obra musical, es necesario generar los e adecuados e introducirlos en el . Normalmente, esto sucede la obra musical en el correspondiente y proporcionando metadatos adicionales a las . Por ejemplo:

  • Título

  • Nombre del compositor y de la editora musical

  • Números

  • Otros datos solicitados por los OGC y las distribuidoras

Para hacer un seguimiento de las reproducciones de una grabación sonora e identificar quién tiene derecho a cobrar, es necesario generar los metadatos e identificadores adecuados e introducirlos en el ecosistema de la industria de la música, normalmente registrando la grabación sonora en el OGC correspondiente y proporcionando metadatos adicionales a las distribuidoras. Por ejemplo:

  • Título

  • Nombre del artista y del sello discográfico

  • Reparto

  • Otros datos solicitados por los OGC y las distribuidoras

Para más información, consulte las páginas de Metadatos e Identificadores.

Quién será el responsable de introducir esa información en el sistema musical dependerá de su situación, de si cuenta con un sello discográfico o una editora musical o trabaja de forma independiente y directamente con una distribuidora. Para más información, consulte las páginas de Responsabilidades.

Sea cual sea su situación, siempre debe asegurarse de que se realiza el trámite. Al fin y al cabo, se trata de su trabajo, su reconocimiento y su dinero. Siga leyendo para obtener más información.

Video: Tiffany Orvet, Dilun Riad Edmon, Daniel Hjellum, Tim Ljungstedt, David Lebna, Artu Kontkanen, Tobias Leo Nordquist, Ponny Höijer, William Engström, Parapix