En principio, los tienen libertad para conceder licencias sobre sus como deseen y a quien escojan, por lo que existe un número infinito de licencias diferentes. Sin embargo, algunos tipos de licencias son más habituales en el sector de la música.
Los emiten licencias respecto de los y los derechos exclusivos cedidos por sus titulares.
Las licencias pueden obtenerse para utilizar una , una o una si dicho uso está protegido por el o los del titular.
Existen varios tipos diferentes de licencias para autorizar distintos usos y atribuir derechos específicos según cada licencia a cambio de unos ingresos. Los derechos y los ingresos están vinculados de forma inherente.
Más información al respecto en Reconocimiento y pago.
Más información acerca de los derechos en Derechos sobre las obras musicales, Derechos sobre las interpretaciones o ejecuciones y las grabaciones sonoras y Derechos habituales en la industria de la música.
Algunas de las licencias musicales más habituales son las siguientes:
Licencia sobre una grabación sonora o para el uso de un máster: es necesaria cuando se utilice la totalidad de una grabación sonora original o partes de ella. También comprende los . Se aplica, por ejemplo, cuando la grabación sonora se transmite por streaming o se adquiere en formato físico o digital.
Licencia de reproducción y distribución mecánica: se exige para obtener los derechos de reproducción y de una obra musical en formato físico o digital, como CD, vinilos, descargas digitales y streaming interactivo. También es necesaria para crear y distribuir de obras musicales existentes.
Licencia de interpretación o ejecución en público: es necesaria para interpretar o ejecutar en público obras musicales y grabaciones sonoras en directo o en diferido. Tiene por objeto los . Se aplica, por ejemplo, cuando una obra musical se reproduce en directo en un concierto o cuando una grabación sonora se transmite por streaming y en línea, se emite en la radio o la televisión o se reproduce en bares y restaurantes.
Licencia de sincronización: se exige para utilizar obras musicales con medios visuales en las denominadas obras audiovisuales, como películas, videos, programas de televisión, anuncios publicitarios, videojuegos o sitios web. Las licencias de sincronización pueden contener los respecto del uso de la obra musical, los derechos sobre el máster para el uso de la grabación sonora, si se utiliza una preexistente, o ambos tipos de derechos.
Licencia teatral: es necesaria para interpretar o ejecutar una obra musical en el contexto de una , como una representación escénica o de danza o un espectáculo musical. Su objeto es el derecho de interpretación o ejecución.
Licencia de impresión: es necesaria para producir o de obras musicales en formato físico y digital. Contempla derechos de y , y puede abarcar otros derechos. Se aplica, por ejemplo, cuando la partitura o la letra se venden en papel y en formato digital. También puede exigirse una licencia de impresión para utilizar la notación musical de las composiciones y las letras en otros formatos, por ejemplo, para publicarla en un libro o imprimirla en artículos promocionales como carteles o camisetas.
Licencia Creative Commons: es un tipo especial de licencia gratuita del derecho de autor que permite a los usuarios utilizar legalmente obras musicales, interpretaciones o ejecuciones o grabaciones sonoras de forma gratuita, a menudo de manera limitada y con la condición de que el titular de derechos .
Imagen: Martin Fabricius Rasmussen