Los que crean y editan sin intervención de un reciben la consideración de artistas independientes autoeditados.
Si es su caso, es posible que posea los sobre las grabaciones sonoras y, posiblemente, todos los , salvo, por supuesto, si ha colaborado con otras personas y ha negociado con ellas una . Lea la página Participación correspondiente a la grabación sonora
Si se va a grabar una obra musical compuesta por otra persona, ya sea la o una , es importante entender los distintos protegidos por la y cómo se aplican a las y a las grabaciones sonoras, así que, para más información consulte Derechos de los creadores de música
Qué que hay que hacer para autoeditarse
Los artistas independientes autoeditados tienen que encargarse de la de sus grabaciones sonoras y del cobro de las y otros ingresos que les corresponden. En ellos recae la responsabilidad desus grabaciones sonoras en un y de recaudar todos los ingresos que les correspondan.
También significa que deben encargarse de todas las gestiones que un sello discográfico realiza para que los rentabilicen las grabaciones sonoras.
Se trata, entre otras, de las siguientes tareas:
Contribuir al proceso de grabación
Fabricar y distribuir formatos físicos y digitales a minoristas físicos y
Registrar las nuevas grabaciones sonoras en OGC
sobre las grabaciones sonoras para una amplia gama de usos, incluidos el streaming digital, la venta de descargas y la utilización en películas, programas de televisión y anuncios publicitarios.
Promocionar las grabaciones sonoras y encargarse del marketing y del desarrollo profesional
Los artistas autoeditados tienen que colaborar con una o un para que sus obras figuren en muchas plataformas de streaming. Pero hay proveedores de servicios digitales que permiten cargar directamente sus grabaciones sonoras.
Para más información, consulte la página Distribuidoras
Fotografía: Martin Fabricius Rasmussen