Cuando hablamos de músicos de sesión y artistas de estudio, nos referimos a En el contexto de la música, creador que interpreta o ejecuta una obra musical en vivo o en una grabación sonora. que tocan un instrumento, cantan o contribuyen de otras maneras con una En el contexto de la música, una obra musical que se interpreta en vivo o en una grabación sonora. a una Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor.. Los músicos de sesión y los artistas de estudio, generalmente, se contratan para realizar interpretaciones o ejecuciones en una grabación sonora.
Para más información acerca de esos roles, véase la página sobre los artistas.
Los músicos de sesión y los artistas intérpretes o ejecutantes de estudio suelen ser contratados por el A veces, se denomina productor de estudio o productor discográfico; su tarea consiste, por lo general, en ayudar a un artista a grabar una obra musical. Suelen encargarse de la totalidad del proceso de grabación., el Empresa que invierte en grabaciones sonoras, las fabrica, distribuye, promueve y rentabiliza en nombre del artista., de haberlo, o, a veces, el En el contexto de la música, intérprete solista o grupo de intérpretes que ejecutan una obra musical en directo o grabada. o el estudio de grabación, para realizar interpretaciones o ejecuciones en una o más grabaciones sonoras.
¿Qué derechos tiene un músico de sesión?
Los Control que los creadores o titulares de derechos tienen sobre lo que han creado o producido y sobre su identidad e imagen. pueden variar en función del acuerdo que tengan con el En virtud de la legislación de derecho de autor, la persona o empresa responsable de la creación de la grabación sonora., así como del país en el que tenga lugar la grabación, y de la legislación aplicable. También pueden variar según los acuerdos Organizaciones que trabajan en el plano político y legislativo para promover los intereses de sus miembros y apoyar la sostenibilidad y el crecimiento de la industria de la música. con los sellos discográficos que establezcan los términos de las tarifas y las eventuales Dinero pagado por el derecho a utilizar una obra musical, una interpretación o ejecución o una grabación sonora, normalmente, aunque no siempre, en forma de pagos periódicos..
A los músicos de sesión y los artistas de estudio generalmente se les paga una Estructura de precios que cobra una única tarifa fija. por su interpretación o ejecución en una grabación sonora. Eso se denomina contrato de Acuerdo que concede automáticamente la propiedad de las obras musicales, interpretaciones o ejecuciones o grabaciones sonoras realizadas en virtud de un contrato de trabajo al empleador y no al creador.; puede encontrarse más información al respecto en la página sobre Obra por encargo. En virtud de algunos acuerdos, los músicos de sesión y los artistas de estudio también pueden recibir una participación en los Derechos morales y patrimoniales que los artistas intérpretes o ejecutantes tienen sobre sus interpretaciones o ejecuciones. sobre la grabación sonora.
Si es músico de sesión y no sabe con seguridad qué derechos o regalías le corresponden en su país, consulte al Organismo que actúa de forma colectiva en nombre de los titulares de derechos a los que representa y recauda y paga una remuneración a dichos titulares. local.
Los músicos de sesión a veces pueden hacer otro tipo de contribuciones Composición musical original con o sin letra.o grabación sonora. Por ejemplo, supongamos que es un músico por encargo que crea e interpreta o ejecuta una línea de bajo original. En ese caso, también podría ser reconocido como Persona que realiza una contribución original a la creación de una composición musical o de las letras de una canción. y, por ello, también tener una participación o También se denomina participación: la parte de propiedad que tiene un titular de derechos o la parte de ingresos a la que tiene derecho. en la titularidad sobre la obra musical y Dinero pagado por el derecho a utilizar una obra musical, una interpretación o ejecución o una grabación sonora, normalmente, aunque no siempre, en forma de pagos periódicos.. Eso siempre está sujeto a una negociación entre usted y los demás compositores.
Para más información sobre la titularidad y la participación en las regalías, véase la página sobre Participación correspondiente a la grabación.
Imagen: Martin Dam Kristensen