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Derechos de adaptación y arreglo


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¿Qué son los derechos de adaptación?

Los derechos de adaptación o de arreglos son los derechos a modificar o arreglar una obra para hacerla más adecuada a un fin determinado.

¿Qué son los derechos de adaptación?

Los derechos de adaptación o de arreglos son los derechos a alterar una Composición musical original con o sin letra. o Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor. ya existente, por ejemplo, por un Creador que modifica una obra musical preexistente, cambiando, por ejemplo, el tempo, la armonía, la instrumentación y la orquestación..

Los derechos de adaptación también se aplican a las Nuevas grabaciones sonoras basadas en grabaciones sonoras preexistentes que han sido modificadas, añadidas o reordenadas. de obras musicales y grabaciones sonoras.

Los derechos de adaptación basados en el derecho de Toda forma de modificación o alteración de una obra musical o grabación sonora para crear una nueva obra musical o grabación sonora. y Acción o proceso de copiar, por ejemplo, hacer copias de una obra musical o de grabaciones sonoras. forman parte de los Derechos a controlar o recibir pagos por la explotación comercial de obras, interpretaciones o ejecuciones, grabaciones sonoras y difusiones., pero pueden implicar Derechos que protegen la identidad, integridad y reputación de los creadores y su obra., todos ellos protegidos por la Leyes nacionales que protegen los derechos morales y patrimoniales de los creadores y otros titulares de derechos sobre las obras musicales, las interpretaciones o ejecuciones y las grabaciones sonoras..

Para más información, consulte Derechos sobre las obras musicales y Derechos sobre las interpretaciones o ejecuciones y grabaciones sonoras .

¿A quién corresponden los derechos de adaptación?

Los derechos de adaptación pertenecen a los creadores de la obra musical, habitualmente los Persona que realiza una contribución original a la creación de una composición musical o de las letras de una canción. y se reparten entre ellos. Los compositores también pueden compartir su parte del derecho de adaptación con su Empresa que representa a los compositores, respaldando su desarrollo profesional, generando ingresos con sus obras musicales y protegiendo sus derechos de autor..

Cuando se trata de grabaciones sonoras preexistentes, como en las remezclas, también tienen derechos los artistas intérpretes o ejecutantes y los propietarios de las grabaciones sonoras, como los Empresa que invierte en grabaciones sonoras, las fabrica, distribuye, promueve y rentabiliza en nombre del artista., los Artista que publica su música sin el apoyo de un sello discográfico. y los A veces, se denomina productor de estudio o productor discográfico; su tarea consiste, por lo general, en ayudar a un artista a grabar una obra musical. Suelen encargarse de la totalidad del proceso de grabación. independientes.

Para más información, consulte Participación en los derechos del compositor, Participación correspondiente a la grabación sonora, Editoras musicales y Sellos discográficos.

Imagen: Martin Fabricius Rasmussen