¿Qué es una obra derivada?
Se crea una obra derivada cuando se transforma una Composición musical original con o sin letra. existente mediante la modificación de elementos como la melodía, la letra, la instrumentación o el estilo mientras se conservan elementos reconocibles de la obra musical original. Este proceso también puede aplicarse a una Normalmente, la interpretación o ejecución grabada de una obra musical protegida como fonograma por la legislación de derecho de autor..
Las obras derivadas se consideran obras musicales nuevas, pero deben ser suficientemente diferentes de la obra musical preexistente para que se consideren Contribución creativa a una obra musical que sea suficientemente distinta de cualquier obra musical preexistente. y se les aplique la protección prevista en la Leyes nacionales que protegen los derechos morales y patrimoniales de los creadores y otros titulares de derechos sobre las obras musicales, las interpretaciones o ejecuciones y las grabaciones sonoras..
Las obras derivadas pueden ser:
Haga clic en cada tipo de obra para obtener más información.
También puede obtenerse más información sobre los roles de los Persona que contribuye a crear o interpretar o ejecutar una obra musical, una actuación en directo o una grabación sonora. de obras derivadas en Remezcladores y DJ, Adaptadores y Traductores, todo ello contenido en Composición de canciones.
¿Qué derechos implica crear obras derivadas?
Para crear una obra derivada, se debe obtener la autorización de los Persona o empresa que tiene derechos de propiedad intelectual sobre una obra musical, interpretación o ejecución o grabación sonora. sobre la obra musical o grabación sonora ya existentes. Ello deriva de los derechos de Toda forma de modificación o alteración de una obra musical o grabación sonora para crear una nueva obra musical o grabación sonora. y Acción o proceso de copiar, por ejemplo, hacer copias de una obra musical o de grabaciones sonoras..
Más información en Derechos de los creadores de música.
¿Quiénes son los titulares de los derechos sobre una obra derivada?
Quien crea una obra derivada es el titular de los Control que los creadores o titulares de derechos tienen sobre lo que han creado o producido y sobre su identidad e imagen. relativos a todos los elementos nuevos y originales que haya aportado a esa obra. Sin embargo, los titulares de la obra musical o grabación sonora preexistente siguen siéndolo respecto de todos los elementos de dicha obra o grabación utilizados en la obra derivada.
Por lo tanto, el creador de la obra derivada y los titulares de los derechos sobre la obra musical o grabación sonora originales son cotitulares de los derechos sobre la obra derivada. Así, todos ellos comparten los ingresos de conformidad con lo que negociaron y acordaron.
Dado que las obras derivadas son obras musicales nuevas, deben Presentar información relativa a obras musicales y grabaciones sonoras a un organismo registral adecuado, por ejemplo, la información relativa a la titularidad del derecho de autor presentada a un organismo de gestión colectiva o a una oficina de derechos de autor. ante un Organismo de gestión colectiva: organismo que actúa con carácter colectivo en nombre de los titulares de derechos a los que representa y recauda y paga una remuneración a dichos titulares. y obtener un Código Internacional Estandarizado de Obras Musicales: identificador único para obras musicales.. Más información en Registro de obras musicales.
Cuestionario
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Imagen: Jakob Johansson, Parapix